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Urgente Detenido en Haro por el presunto asesinato de la mujer con la que convivía
Zona en la que se ubican las fincas objeto de la querella. Miguel Herreros
Archivada la querella contra funcionarios del Catastro acusados de presunto lucro

Archivada la querella contra funcionarios del Catastro acusados de presunto lucro

La Audiencia Provincial valida el sobreseimiento del caso al no encontrar «relevancia penal» en la compra de fincas mediante subasta por los acusados

Luis J. Ruiz

Logroño

Lunes, 9 de diciembre 2019, 14:19

A principios del 2016, el Juzgado de Instrucción número 1 de Logroño admitía a trámite una querella contra I.M.B., jefa de área del Catastro de Rústico; J.M.M.A., técnico del mismo organismo y casado con la primera; y T.S.M. y M.A.B., también funcionarios del Catastro cuando sucedieron los hechos denunciados, así como contra J.S.P., profesor de la Universidad de La Rioja y especialista en valoraciones de suelo, a quienes se les acusaba de servirse de información privilegiada para obtener un beneficio personal mediante la adquisición en subasta pública de casi 50.000 metros cuadrados por poco más de 140.000 euros en término municipal de Nalda, en el entorno de la Nacional 111 (carretera de Soria).

La familia denunciante era la propietaria de la antigua licorera Destilerías San Fermín y sus bienes, después de ser condenados por la comisión de un delito fiscal, fueron embargados y sacados a subasta en el 2013 por la Administración Tributaria de La Rioja (AEAT). Una primera subasta se declaró desierta y, en la segunda, fueron adjudicadas numerosas fincas e inmuebles al mejor postor, entre ellos, los funcionarios.

Cinco años después, en mayo del 2018, el Juzgado de Instrucción 1 de Logroño dictó un auto en el que acordaba el sobreseimiento provisional (que no impide, en caso de nuevas pruebas, reabrir el proceso) y el archivo de las actuaciones. La querellante recurrió la decisión del juez y a finales del pasado octubre la Audiencia Provincial, en otro auto, cerraba el caso definitivamente apuntando que, tras las pruebas, «los hechos carecen de relevancia penal». La resolución de la Audiencia es firme y contra ella no caben recursos.

«No existe indicio alguno de que hubieran podido asegurarse la adjudicación de las fincas», dice el auto

En aquella querella se alegaba que el precio pagado por los funcionarios por los terrenos rondó los 3 euros por metro cuadrado, cuando unas fincas colindantes expropiadas por Carreteras para ampliar la vía de servicio en la N-111 se valoraron a entre 55 y 60 euros el metro apenas dos años antes. Ese fue el principal argumento de la acusación: I.M.B., jefa del Catastro de Rústica, formó parte del Jurado Provincial de Expropiación como vocal ponente, por lo que, según la querella, «influyó en la valoración de unos bienes determinados y con posterioridad, en unión de varios compañeros de servicio, acudió a la subasta pública de esos mismos bienes y otros cercanos, pero cuya valoración económica depende en muy buena medida del justiprecio de dicha expropiación».

La Audiencia Provincial, en su resolución, apunta que «no consta la intervención que hayan tenido los querellados por razón de su cargo respecto de las fincas luego adjudicadas en subasta, salvo la de I.M.B.» en los expedientes de expropiación. Además sostiene que «no consta ni se explica en qué forma o mediante qué conducta I.M.B., al intervenir en el expediente de expropiación y llevar a cabo la valoración del justiprecio de las fincas en el año 2011, se aseguraba la intervención y adjudicación de los bienes en la subasta de la Agencia Tributaria» del 2013, una subasta pública «a la que puede concurrir cualquier licitador». De igual manera, completa la Audiencia tampoco está probado que aquella valoración fuera «muy inferior al real» con el objetivo de que influyera en la valoración de la Agencia Tributaria para la posterior subasta de las fincas. Además, antes de dar el visto bueno al auto que decretó el sobreseimiento y archivo de la actuaciones, añade que «ninguno de los querellados presta servicios como funcionario público en la Agencia Tributaria, ni intervino en el procedimiento de subasta de las fincas», que este se hizo conforme marca la ley y que, a la postre, «no existe indicio alguno de que hubieran siquiera podido alterar ese procedimiento, ni asegurarse la adjudicación de las fincas».

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